Proyecto de Minuta
Solicitando la realización de un relevamiento territorial en relación a la Ordenanza Municipal N.º 14216 (Conf. Ordenanza N.º 19210)
Expediente: HCD-687/2021
Autor: Lucía Verónica Martínez Zara
Bloque: Frente de Todos
Palabra(s) clave(s): relevamiento – territorial
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, realice de manera previa al 21 de diciembre del corriente año un relevamiento de terrenos privados que se encuentren en estado de abandono o que no reúna las condiciones de higiene y/o salubridad en el marco de la Ordenanza Municipal N.º 14216 (Conf. Ordenanza N.º 19210), en cada una de las Delegaciones Municipales.
Asimismo, este Honorable Cuerpo solicita al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, brinde a la mayor brevedad posible los siguientes informes en relación a la ejecución
a) Detalle de las intimaciones realizadas en el transcurso del año 2021, indicándo asimismo las que se impulsaron a través de la denuncia de vecinos y cuales fueron las que se iniciaron desde el Municipio.
b) Cantidad de infracciones labradas ante su incumplimiento y detalle de monto total de dinero correspondiente a las multas.
c) Detalle de las intervenciones que, el Municipio a través del Tribunal de Faltas, debió llevar a cabo su intervención de manera directa en inmuebles a los efectos de dar cumplimiento con las disposiciones de la normativa aludida.
FUNDAMENTOS
Atento a la proximidad de temporadas que presentan elevadas temperaturas, la situación de los inmuebles en estado de abandono y/o que no reúnan las condiciones de higiene y/o salubridad genera una preocupación reiterada por parte de nuestra comunidad.
Estos terrenos constituyen el marco propicio para la proliferación de roedores, insectos y otras alimañas, asi como un foco contaminante en relación a los malos olores que tienen origen en la fermentación de los residuos orgánicos que muchas veces se acumulan en este tipo de predios. Además de los pertinentes perjuicios que ello implica en materia ambiental, cabe hacer hincapié en los eventuales perjuicios que ello generaría como en lo que respecta en la salud de quienes residen en domicilios linderos.
En esta línea, la posible generación y/o propagación de incendios en relación a malezas y/o pastizales, constituye un riesgo permanente que demanda acciones concretas por parte del Municipio, a través de las herramientas que le brindan el Decreto – Ley 8751/77 y la Ordenanza N.º 14216. Vale destacar que, conforme lo establece esta última normativa, todos los terrenos privados deberán ser acondicionados por su titular, sus sucesores singulares o universales, adquiriente por boleto de compra-venta y/o poseedor, es decir, constituye su deber la realización de tareas desmalezamiento, limpieza y desinfección, incluyendose la vereda correspondiente al inmueble.
A los efectos de obtener precisiones en relación al cuidado de salubridad y seguridad pública vinculado al mantenimiento de terrenos baldíos o inmuebles en estado de abandono, es que este Honorable Cuerpo solicita se de curso a la mayor brevedad posible a la presente minuta de comunicación.