Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza creando el Plan Integral de Seguridad Pública y Prevención del Delito.
Expediente: HCD-212/2009
Autor: Marcelo Ciccola
Bloque: Frente para la Victoria P.J.
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La problemática de la inseguridad urbana que se ha constituido en uno de los temas de mayor preocupación de la comunidad y de entes gubernamentales (en el orden nacional, provincial y local), ya que afecta profundamente las bases mismas de la convivencia social pacífica; Y
CONSIDERANDO:
Que dicha creciente y compleja problemática impone la necesidad de adoptar, desde el gobierno municipal, tácticas alternativas a las clásicas o tradicionales para la prevención del delito urbano y/o callejero, dado que los actuales mecanismos de disuasión resultan, evidentemente, insuficientes.
Que en el ámbito de la competencia legislativa municipal y en el marco del estricto respeto a garantías constitucionales, resulta posible la adopción de mecanismos de respuesta y alarma temprana, tendientes a reforzar la seguridad pública local, en miras a su optimización.
Que los recursos o mecanismos que pueden destinarse a posibilitar ese objetivo son complejos, novedosos y algunos implican la aplicación de tecnologías de vanguardia.
Que tales opciones giran en torno a soluciones (o tácticas) conocidas como “situacionales” para la prevención del delito. Que, en tal sentido, hay opciones geomáticas, que tienen como objetivo proporcionar datos cartográficos relacionados con información estadística, que se emplea en áreas de inteligencia criminal para la confección de mapas del delito.
Que, a la vez, ello permitiría concentrar recursos en sitios céntricos de intensa circulación vehicular y peatonal, o bien zonas altamente comerciales y/o bancarias, puntos todos ellos sensibles y estrechamente vinculados a la seguridad pública, en tanto se trata de lugares que pueden ser blanco de delitos frecuentes.
Que, entre estos recursos, se cuenta actualmente con tecnologías como las cámaras de seguridad (ya instaladas, y con resultados exitosos en municipios bonaerenses como Pergamino o Tigre), situadas en puntos estratégicos; o el posicionamiento global determinado por satélite (GPS) de unidades policiales móviles (a fin de mantener un estricto control de eficiencia).
Que dichas opciones podrían ensamblarse con la posibilidad de adicionar puestos de Policía de Seguridad Vial en todos los accesos de la ciudad de Bahía Blanca, a fin de asegurar otra zona estratégica para la seguridad pública.
Que todo ello permitiría reforzar la presencia policial en los barrios o zonas alejadas del micro y macrocentro, al descomprimir la actual concentración de móviles y efectivos policiales en tales zonas y en los accesos a la ciudad.
Que, por otra parte y en el marco de un plan integral de prevención del delito, es de público y notorio conocimiento que tareas administrativas y algunas diligencias judiciales que debe cumplir la Policía de la Provincia de Buenos Aires implican sustraer importantes recursos humanos para la prevención del delito; y que sería óptimo que dicha fuerza pueda destinar efectivamente el personal policial a la tarea de patrullar y desplegar acciones estrictamente preventivas en el marco de las facultades asignadas por la ley.
Que, en tal sentido, es notorio que agentes de la fuerza se desgastan en la práctica de citaciones, notificaciones judiciales, sumarios administrativos internos vinculados al desenvolvimiento del cuerpo policial, y acciones equivalentes; que, de encontrarse disponibles, optimizarían la seguridad al permitir mayor presencia policial en la vía pública.
Que resultando ello viable, sería posible contar con personal policial distribuido en diferentes puntos estratégicos de la ciudad, instalados en casillas móviles (tal y como se ha implementado localidades como Ezeiza, provincia de Buenos Aires), que tengan directo contacto con los vecinos y la problemática delictiva de los barrios, a los fines de la adopción de acciones preventivas, disuasivas y represivas del delito.
Que, finalmente, en el marco del mismo plan integral de seguridad pública, también sería de suma utilidad contar con equipamiento tecnológico destinado a la fehaciente identificación de personas en la vía pública (a efectos de conocer, rápida o instantáneamente, si registra pedidos de capturas, paraderos, fugas de establecimiento penitenciarios, etc.), lo cual, más allá de la eventual prevención en el caso concreto, evitaría la presencia prolongada de personas en dependencias policiales para su identificación, con los riesgos, absorción de personal y recursos que ello implica.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°: Crease el Plan Integral de Seguridad Pública y Prevención del Delito para el partido de Bahía Blanca.
Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar un estudio de viabilidad legal, técnica y presupuestaria del mencionado plan, el que se implementará por etapas y que contendrá mínimamente las siguientes opciones y tácticas alternativas para la prevención del delito:
a) La construcción de cuatro puestos de policía distribuidos en los accesos de la ciudad, a los efectos de controlar el ingreso y egreso de la misma.
b) La adquisición de 50 cámaras de filmación para controlar el movimiento en sectores geográficos determinados mediante el sistema denominado video vigilancia (V.V) o circuitos cerrados de televisión (C.C.T.V.)
c) La adquisición y/o construcción de 50 casillas móviles (trasladables en función de las variables que indique el mapa del delito), que cuenten con espacio suficiente para la habilitación de dos efectivos policiales con armamento y equipo de radio.
d) La adquisición de tecnología que, mediante scanner de huellas digitales, permita la inmediata identificación de personas en la vía pública. Tales elementos deberán estar conectados con AFISS.
Artículo 3°: Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar gestiones tendientes a la contratación de personal administrativo que sustituya y/o remplace al actual personal policial abocado a las notificaciones, citaciones, diligencias judiciales, sustanciación de sumarios administrativos, entre otras, de modo tal que ello permita contar con mayor dotación de agentes de la fuerza destinados exclusivamente a la efectiva prevención del delito.
Artículo 4º: Incorporase al dorso de las facturas de tasas municipales los números telefónicos de todas los centros de prevención del delito y de asistencia a la víctima del partido de Bahía Blanca.
Artículo 5°: De forma.