Proyecto de Ordenanza
Creando la Comisión de Homenaje a 40 años del Conflicto de Malvinas
Expediente: HCD-18/2022
Autor: Gonzalo Javier Velez
Bloque: Juntos
Palabra(s) clave(s): comisión homenaje homenaje malvinas malvinas 40 años
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de conmemorar, recordar, reflexionar y construir la causa de Malvinas;
Y CONSIDERANDO
Que la guerra de Malvinas de 1982, como proceso político, bélico, socio-cultural y económico, tuvo y tiene un profundo impacto en nuestro país y en nuestra historia argentina reciente.
Que fundando las bases en el proceso de recuperación de nuestra democracia como asimismo en los procesos históricos recientes, Malvinas, como tema, causa/gesta y como cuestión se constituye hoy como un hito en nuestro proceso democrático, ante lo cual debemos ser conscientes del desafío que constituye abordarla.
Que nuestra ciudad de Bahía Blanca, a partir del involucramiento y participación directa de sus ciudadanos y vecinos en las acciones bélicas del conflicto de 1982, y por su cercanía a la Base Naval Puerto Belgrano, principal base de la Armada Argentina como así también al Comando Quinto Cuerpo del Ejército, se constituyó como un escenario particular sobre el cual opera la construcción simbólica de una comunidad imaginada1, a partir del desarrollo del conflicto, pero también proyectada hacia el escenario de posguerra; construcción que no se ha detenido en los casi cuarenta años de posguerra, y que continúa hoy día.
Que como ciudad, debemos asumir el desafío de recordar, conmemorar, reflexionar y construir sobre este proceso histórico que sin lugar a dudas la atravesó moldeando sobre la misma, multiplicidad de capas geológicas de memorias de Veteranos, de familiares de nuestros Héroes de Malvinas, pero asimismo de las acciones e iniciativas que desde la sociedad civil y desde actores político-institucionales se desplegaron en aquellos días y en la posguerra inmediata.
Que acontecidos cuarenta años de la guerra, tenemos la necesidad, el compromiso y el deber de construir un proceso reflexivo propositivo sobre lo ocurrido en nuestro país y en nuestra sociedad en el año 1982 y el devenir posterior.
Que como parte de una misma sociedad, debemos acompañar a aquellos que fueron actores y testigos directos de las acciones ocurridas en nuestras Islas Malvinas, a los conscriptos, al personal militar profesional involucrado y los civiles, como así también a los familiares de los Caídos.
Que resulta sumamente necesario escuchar a las y los involucrados para comprender y aprender de las consecuencias atroces que la guerra desgarró de forma violenta en toda la comunidad bahiense, pero también escuchar para recordar, no olvidar y proyectar como sociedad lo acontecido en aquella época a las futuras generaciones.
Que en nuestro rol de dirigentes y hacedores de políticas públicas, hemos de asumir el deber de edificar la conciencia ciudadana de la causa Malvinas, desde el Estado municipal, y junto a las instituciones locales, desde la sociedad civil, los actores políticos y la comunidad toda, para rememorar, para construir nuevas memorias, y así visibilizar actores y experiencias y deconstruir posiciones y miradas que, transcurridos cuatro décadas, son objeto al menos de una necesaria relectura profunda y una reflexión colectiva.
Que los ejes fundamentales de trabajo de la Comisión de Homenaje a 40 años del Conflicto de Malvinas operarán sobre los siguientes conceptos: honrar, escuchar, visibilizar, reconstruir, fortalecer, edificar y proyectar.
Que Malvinas es un compromiso hacia aquellos que han dado todo por nuestra soberanía, y cuando nos referimos a todo, decimos hasta su propia vida; por aquellos que han regresado pero que día a día (tanto en mente como en espíritu) permanecen en nuestras islas y en pos de nuestros derechos soberanos, debemos construir sobre las nuevas generaciones una conciencia colectiva que logre traspasar generacionalmente aquellos acontecimientos de 1982, que han dejado sin lugar a dudas marcas, cicatrices y cimentado memorias locales, las cuales deben ser para aprender y apropiarse de lo que nos pertenece, reafirmando nuestros legítimos derechos soberanos imprescriptibles sobre la las Islas Malvinas, tal como así lo plasma la Disposición Transitoria N° 1 de la Constitución Nacional Argentina de 1994, donde expresa:
“La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.
La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Créase una comisión especial denominada “Comisión Especial de Homenaje y Reflexión por el 40º Aniversario del Conflicto de las Islas Malvinas Georgias y Sándwich del Atlántico Sur”.
ARTÍCULO 2°: El objeto de esta Comisión será honrar, escuchar, visibilizar, reconstruir, fortalecer, edificar y proyectar como sociedad bahiense este proceso histórico, la causa Malvinas, junto con los Veteranos, sus familiares, la sociedad civil y los actores político-institucionales que de alguna manera fueron parte de la guerra y posguerra inmediata.
ARTÍCULO 3°: Esta Comisión estará integrada por:
-1 (uno) representante del Departamento Ejecutivo
-5 (cinco) Concejales representantes del H. Concejo Deliberante como miembros titulares, tres (3) por la mayoría y uno (1) por cada bloque minoritario, con sus respectivos miembros suplentes;
-1 (uno) miembro por cada Centro de Veteranos y Ex Combatientes de Guerra de Malvinas;
-1 (uno) persona que representará a los familiares de soldados caídos en Malvinas.
Todos los integrantes de la comisión tendrán derecho a voto. La ampliación de la misma será por simple invitación cursada a las entidades y/o personas, previo acuerdo de las instituciones participantes.
ARTÍCULO 4°.- La Comisión será presidida por el Intendente de la Ciudad de Bahía Blanca, siendo la Vicepresidencia Primera -a cargo de un/a Concejal/a por la mayoría- y por una Vicepresidencia Segunda -a cargo de un/a Concejal/a por las minorías-, todos elegidos/as de entre los miembros que la conforman. El presidente tendrá el deber de resolver la cuestión con su voto en los casos de empate.
ARTÍCULO 5°.- Una vez conformada esta Comisión, deberá reunirse dentro de los quince (15) días, fijando en esta primera sesión la periodicidad de los encuentros.
ARTÍCULO 6°.- Dentro de las funciones:
- Organizar y realizar todo tipo de actividades conmemorativas, de memoria, de reflexión de homenaje a nuestros Héroes Caídos en Malvinas, de reconocimiento a los Veteranos, a sus familias y a las instituciones que los asistieron y contuvieron antes, durante y al regreso al continente.
- Promover, organizar y realizar actividades de escucha, visibilización, concientización y aprendizaje con la ciudadanía sobre el impacto en la sociedad de la Guerra de Malvinas y su correlato al día de hoy, con miras a la transferencia a las futuras generaciones de la causa y sentimiento nacional.
- Promover y/o realizar todo tipo de acciones tendientes a revindicar los derechos soberanos de la República Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, territorios ocupados ilegal e ilegítimamente por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
- Revalorizar y visibilizar los espacios públicos de Bahía Blanca vinculados de forma directa o indirecta con el conflicto de 1982 como con la posguerra.
- Crear de un “mojón soberano local” marcando la distancia entre el barrio donde hayan nacido la mayor cantidad de nuestros Héroes Caídos y el Cementerio Argentino de Darwin en la Isla Soledad, que es el eje soberano constituido en las islas como consecuencia de la guerra.
- Confeccionar y publicacar memorias o informes de actividades realizadas y sus conclusiones finales.
ARTÍCULO 7°.- Esta Comisión funcionará desde su publicación y efectiva integración de todos sus miembros hasta el 31 de Marzo de 2023 o fecha en cuanto se estime cumplido el objeto prescripto en el artículo 2º.
ARTÍCULO 8°.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Municipal y oportunamente archívese.-
1 Anderson, Benedict (1983) “Comunidades Imaginadas. Reflexiones sobre el origen y difusión del nacionalismo”. Fondo de Cultura Económica.