Proyecto de Resolución
Solicitando a Región Sanitaria I gestiones para exceptuar de la presentación del Pase Sanitario a personas que se vean imposibilitadas de recibir vacunación para el Covid-19
Expediente: HCD-15/2022
Autor: Fabiola Buosi
Bloque: Juntos
Coautor(es): Adrián Jouglard
Palabra(s) clave(s): covid-19 pase sanitario excepción covid
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO:
La implementación por parte del Gobierno Nacional del Pase Sanitario para acreditar el estado de vacunación completo contra el Covid-19, establecido a través de la Decisión Administrativa 1198/2021 del Ministerio de Salud de la Nación y por Resolución Ministerial N° 460/2021 de la Provincia de Buenos Aires.
Y CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Salud de la Nación a través de la Decisión Administrativa 1198/2021, establece que a partir del 1° de enero de 2022, las personas de 13 años o más deberán acreditar esquema de vacunación completo contra Covid-19 para realizar actividades como ir a bailar a discotecas, ingresar a salones de fiestas, realizar viajes grupales y asistir a eventos masivos en espacios abiertos, cerrados o al aire libre; que el mismo deberá ser exhibido al momento previo a acceder a la entrada del evento o de la actividad.
Que en la Provincia de Buenos Aires a través de la Resolución 460/2021 establece la obligatoriedad del Pase Libre Covid como requisito para asistir a actividades culturales, deportivas, religiosas y recreativas, salones de fiestas, centros culturales, entre otros ; realización de trámites en organismos públicos provinciales y/o municipales; trámites presenciales en entidades privadas y trabajadores con atención al público; en todo el territorio bonaerense.
Que sin embargo hay situaciones puntuales que no han sido contempladas, como es el caso de aquellas personas que, por indicación médica fundamentada en determinadas condiciones de salud, no están en condiciones de recibir las dosis correspondientes a las vacunas contra el Covid-19.
Que recientemente un Juez Federal en Mar del Plata, a través de una medida cautelar, le prohibió al Gobierno Nacional y de la Provincia de Buenos Aires, la exigencia del pase sanitario en el caso de una mujer que reclamó ser excluida de esta normativa, alegando su derecho a preservar la salud y la vigencia del principio de autonomía de la voluntad de no ser vacunada, solicitando se garantice su pleno acceso a los lugares y actividades alcanzados por la normativa establecida por el Gobierno Nacional y Provincial.
Que el juez consideró que la legislación vigente respecto de las vacunas contra el coronavirus “no establece la obligatoriedad de su aplicación” y destacó que la inoculación “será voluntaria, gratuita, equitativa e igualitaria y deberá garantizarse a toda la población objetivo, independientemente de haber padecido al enfermedad”.Además de destacar en sus fundamentos que la Decisión Administrativa 1198/2021 del Ministerio de Salud de la Nación y por Resolución Ministerial N° 460/2021de la Provincia de Buenos Aires resultan violatorias de los artículos 19, 28, 29, 31, 33 y 75 inc 22 de la Constitución Nacional; Artículos 17, 51, 52, 56, 58, 59, 175 y sstes del Código Civil; artículo 149 bis y 248 del Código Penal; Leyes 27491; 27573 y 26.529 entre otras.
Que vecinos de nuestra ciudad han planteado la posibilidad de ser exceptuados de la presentación de dicho Pase Sanitario, ya que en muchos de los casos, hay circunstancias de salud que los exceden y que justifican la no-inoculación con la vacuna contra el Covid-19; y que, al no contar con la certificación se impide su derecho al pleno acceso a los lugares y actividades que se determinan en dichas Resoluciones.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES,
RESUELVE
1º – Solicitar a Región Sanitaria I que gestione ante las autoridades provinciales correspondientes se autorice a exceptuar de la presentación del Pase Sanitario a personas que acrediten su imposibilidad de recibir la vacuna contra el Covid-19 con el fin de resguardar su derecho al pleno acceso a los lugares y actividades que expresamente se determinan en la Decisión Administrativa 1198/2021 del Ministerio de Salud de la Nación y por Resolución Ministerial N° 460/2021de la Provincia de Buenos Aires.