Distintas O.M.I.C.s de la Provincia de Buenos Aires le han reclamado con carácter de urgente a la Dirección de Energía del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que de cumplimiento a la instrumentación del Registro de Gas Licuado de Petróleo dispuesto por el decreto 97/22.
Los municipios de Gral. Alvarado, Coronel Rosales, Olavarría, Gral. Madariaga, Pinamar, Villa Gesell, San Cayetano, Lobería, Gral. La Madrid, Bahía Blanca, Azul, Tandil, Ayacucho y Pilar, representados por sus respectivas Oficinas de Defensa del Consumidor, y habiéndose resuelto en sus respectivos Concejos Deliberantes por unanimidad la necesidad del cumplimiento de los beneficios de la Ley de Zona Fría (ley nº 27637) para los usuarios de gas envasado, se han expresado en las últimas horas y han reiterado la mencionada solicitud al ente provincial.
Su demorada puesta en ejecución, describen, pone en riesgo la salud de las familias que dependen de tal insumo, a más de implicar una violación al principio de igualdad.