El concejal Jonatan Arce presentó un proyecto de ordenanza que establece la modificación del artículo 8° de la Ordenanza 21.749, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Articulo 8°: a) De manera articulada La Secretaría de Salud, la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y familia, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, el Instituto del Deporte y la Secretaría de Educación o las que en un futuro la reemplacen, serán las autoridades de aplicación de la presente.
b) Instrúyase a la autoridad de aplicación para proceder al bloqueo de las direcciones IP y dominios de sitios web que promocionen, ofrezcan u organicen juegos de azar en línea sin la autorización de la autoridad provincial competente, en la totalidad del servicio de wifi ofrecido por el estado municipal en todas sus dependencias centralizadas y descentralizadas del Departamento Ejecutivo y del Departamento Deliberativo, así como en espacios públicos e instituciones municipales. A través de la autoridad de aplicación se implementará una política activa de técnicas de filtrado de contenidos, monitoreo y análisis del tráfico de red y se confeccionará un protocolo de detección y denuncia de estos sitios a fin de bloquear el acceso.
Por último, c) Invitase a las empresas prestadoras de servicios de internet a realizar idéntica practica a la prevista en el inciso b del artículo 8° de la presente ordenanza, en todas sus prestaciones en el Partido de Bahía Blanca. A tales efectos se pondrá a disposición el protocolo de detección y denuncias que confeccione oportunamente la autoridad de aplicación.”