“En cumplimiento de lo dispuesto por el art. 2 del Decreto 121/2021, dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca, se publica la autorización conferida por el art. 1 que textualmente dice: “Autorizase a la Oficina Municipal de Información al Consumidor la destrucción de los expedientes administrativos iniciados por ante dicha dependencia que a continuación se detallan: -Año 2000: Expedientes 1 a 69; Año 2001: Expedientes 1 a 44; Año 2002: Expedientes 1 a 224; Año 2003: Expedientes 1 a 52; Año 2004: Expedientes 1 a 192, Año 2005: Expedientes 1 a 230, Año 2006: Expedientes 1 a 502, Año 2007: Expedientes 1 a 916, Año 2008: Expedientes 1 a 1.683, Año 2009: Expedientes 1 a 3.303, Año 2010: Expedientes 1 a 1.524”.
– Firmado: Fabiola Buosi. Presidenta del HCD.
DESTRUCCIÓN EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DE LA OMIC
DECRETO N° 121
VISTO
La Resolución 2/2021 dictada por la Oficina Municipal de Información al Consumidor, solicitando autorización para la destrucción de determinados expedientes.
Que el art. 283 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece: “Todos los documentos, libros y publicaciones municipales serán conservados en archivos organizados según los métodos que aconseje el Archivo Histórico Provincial. Pasados diez (10) años con consentimiento previo de esta Institución, podrán ser destruidos los que no revistan interés histórico, bibliográfico o estadístico y los que no sean necesarios conservar para amparar derechos del Estado o de terceros”.
Que, asimismo, resulta de aplicación lo dispuesto por la circular 18/84 de la Subsecretaria de Asuntos Municipales de la Provincia y, en el orden local, el Decreto 114/2016 emanado del Departamento Ejecutivo.
Y CONSIDERANDO
Que todas las piezas respecto de las cuales se formaliza la solicitud revisten una antigüedad de, por lo menos, diez años, plazo que excede ampliamente el exigido para el tipo de materias involucradas (ver Anexo I B Decreto 114/2016.)
Que la circunstancia mencionada y la necesidad de hacer más eficiente el uso del espacio y la disposición de las actuaciones, evidencia que corresponde hacer lugar a la solicitud formulada.
En consecuencia, la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca, en uso de sus facultades,
DECRETA
Artículo 1° Autorizase a la Oficina Municipal de Información al Consumidor la destrucción de los expedientes administrativos iniciados por ante dicha dependencia que a continuación se detallan:
-Año 2000: Expedientes 1 a 69.
-Año 2001: Expedientes 1 a 44.
-Año 2002: Expedientes 1 a 224.
-Año 2003: Expedientes 1 a 52.
-Año 2004: Expedientes 1 a 192.
-Año 2005: Expedientes 1 a 230.
-Año 2006: Expedientes 1 a 502.-
-Año 2007: Expedientes 1 a 916.-
-Año 2008: Expedientes 1 a 1.683.
-Año 2009: Expedientes 1 a 3.303.
-Año 2010: Expedientes 1 a 1.524.-
Artículo 2 – Hágase saber del dictado de la presente a través de la publicación en el sitio de internet del Honorable Concejo Deliberante, de la Municipalidad de Bahía Blanca y de la Oficina Municipal de Información al Consumidor, y por medio de la publicación por un día en el diario local (art. 9 Expte. OMIC-93/2021 Decreto 114/2016)
Artículo 3°: Lábrese acta asentando la efectiva destrucción con detalle de las piezas destruidas
Artículo 4°: Comuníquese al D. Ejecutivo e insértese en el Registro de Decretos de Presidencia.
Bahía Blanca, 15 de diciembre de 2021.
Firmas
FABIOLA BUOSI – Presidenta del HCD.
SOLEDAD PISANI – Secretaria del HCD.