Minuta de comunicación mediante, la concejal Valeria Rodríguez requiere al Ejecutivo Municipal que Informe sobre la Orden de Compra emitida por $1.200.000,00 a favor de un director de Educación Nivel Secundario en funciones en el Distrito de Bahía Blanca.
Específicamente, se solicita que se informe sobre el proceso de selección del proveedor municipal Sr. Cámpelo Fernando David, actual Director Jornada Completa (8hs reloj) de la EEST N°4, y que se especifique cuál es el servicio de desarrollos educativos y de capacitación para el que ha sido contratado, tal se desprende del detalle de la mencionada orden de compra: “SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES – Prestación de servicios de un profesional especialista docente de Nivel Superior en Educación y TIC, para el desarrollo de proyectos vinculados a educación y capacitación profesional, con el objetivo de efectuar un diagnóstico de los programas de capacitación laboral que se utilizan, elaboración de un nuevo diseño curricular, para su mejoramiento y actualización, y posteriormente realizar un análisis de los resultados obtenidos. Cumplirá una carga horaria semanal de 30 horas. La contratación se iniciará a partir de la registración de la Orden de Compra y por un plazo de tres (3) meses. Facturación mensual”.
Fundamenta Valeria Rodríguez que el cargo de Director de un establecimiento educativo público, es incompatible con ser proveedor del estado, y que aún siendo jurisdicciones públicas diferentes, la Ley de Ética Pública define el alcance de la prohibición de proveer y la extiende a todo el ámbito de la jurisdicción en la que se cumplen las propias tareas y más allá de la jurisdicción a aquellos ámbitos donde por las atribuciones del cargo, pueda el empleado público extender su influencia.