La creación de un marco regulatorio para la habilitación, instalación y el funcionamiento de circos, parques de diversiones y espectáculos itinerantes en el Partido de Bahía Blanca, establece un proyecto de ordenanza presentado por el concejal Adrián Jouglard.
La iniciativa, desarrolla una especificación de cada tipo de evento explicando que:
-Circo: Se denomina a un local o recinto (carpa) de instalación provisoria en el que se desarrollan espectáculos con participación de acróbatas, malabaristas, magos, ilusionistas, equilibristas, payasos, entre otras disciplinas, que supere una capacidad mínima de 100 (cien) espectadores.
-Parque de Diversiones: Complejo recreativo de instalación temporaria en el que se desarrollan actividades relacionadas con atracciones mecánicas, electromecánicas y eléctricas para el esparcimiento.
-Espectáculos itinerantes: Evento recreativo de instalación temporaria destinado al esparcimiento y la diversión, que supere una capacidad mínima de 100 (cien) espectadores.
Para tramitar el permiso para la instalación y funcionamiento de circos, parques de diversiones y espectáculos itinerantes, las personas físicas y/o jurídicas interesadas deberán cumplimentar ciertos requisitos y documentación que se indican en el cuerpo del proyecto presentado por el edil.
Asimismo, y entre los considerandos, Jouglard explica que en nuestra ciudad, es frecuente la instalación transitoria de este tipo de espectáculos itinerantes de concurrencia masiva, ya sean parques de diversiones con atracciones mecánicas, eléctricas y/o electromecánicas como también circos que se instalan en diferentes sectores de la ciudad, y que deben cumplimentar determinados requisitos de acuerdo a la normativa vigente.