Estableciendo la creación del Sistema de Domicilio Electrónico de Bahía Blanca para la comunicación vía correo electrónico de faltas municipales y correspondencia oficial, los concejales Mauro Reyes y Vanina Linzuaín presentaron de manera conjunta un proyecto de ordenanza.
Esta iniciativa, faculta al Departamento Ejecutivo, en los términos del Artículo 29° de la Ley 8.751/77 de la Provincia de Buenos Aires (LEY CÓDIGO DE FALTAS MUNICIPALES),
actualizada Decreto 8526/86 y modificaciones posteriores, a emplear su competencia en las infracciones municipales, a los fines de implementar el domicilio electrónico como sistema de notificación oficial descripta en las regulaciones citadas.
De igual modo, se crea el Registro de Domicilio Electrónico de la ciudad de Bahía Blanca.
El mismo constará de un registro ordenado de las direcciones de correo electrónico de los residentes del Partido de Bahía Blanca, como también propietarios de terrenos, inmuebles y/o empresas o cualquier persona interesada. Deberá ser completado de manera virtual o presencial por los ciudadanos en un plazo no mayor a 90 (noventa) días corridos luego de la promulgación de la presente ordenanza.
También se faculta al D.E. a solicitar datos de domicilio electrónico de personas físicas y jurídicas citadas en el Artículo inmediatamente anterior a demás organizaciones públicas locales, provinciales y nacionales que dispongan de los mismos.