Los Bloques Unidad ciudadana, PJ cumplir y UCR Illia presentaron un proyecto de ordenanza que dispone adoptar para el ejercicio de la facultad que el artículo 21 de la Ley 8751 le confiere al Intendente de la ciudad de Bahía Blanca para el nombramiento de los Jueces de Faltas el procedimiento establecido en el presente.
Para la cobertura de la o las vacantes que se generen en los Juzgados de Faltas del partido de Bahía Blanca, se abrirá un Registro de postulantes, quienes en un plazo no mayor a los 30 días desde la publicación de la convocatoria, deberán inscribirse en el mismo, acompañando en el momento de dicha inscripción, toda la documentación que acredite el real cumplimiento de los requisitos vigentes en el art. 22 de la Ley 8751, y los que por esta Ordenanza se crean.
El procedimiento del Concurso se desarrollará en tres etapas, de ser consideradas necesarias por el Jurado de Evaluación: Evaluación de antecedentes, examen escrito y entrevista personal.
De la terna elevada, el Intendente Municipal elegirá a un postulante y elevará el nombre al HCD para su posterior convalidación.
Consideran que según el Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 21, los Jueces de Faltas son designados por el Intendente Municipal con previo acuerdo del Honorable Concejo Deliberante.