El concejal Martín Barrionuevo presentó un proyecto de ordenanza por el que se establece modificaciones a la Ordenanza Fiscal y a la Habilitación de Comercios e Industrias en nuestra ciudad.
Específicamente, la iniciativa propone derogar los artículos N°102, 105, 106, 107 y 111 de la Ordenanza Fiscal N° 21.691.
Asimismo, se dispone modificar el artículo 108º de la ordenanza fiscal Nº21691, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 108°: Obtenida la habilitación, deberá exhibir en lugar visible de su comercio, industria, vehículo o servicio, el certificado correspondiente.”
También se establece cambiar el artículo 104º de la ordenanza fiscal Nº21.691, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 104°: Las habilitaciones se otorgarán una vez que hayan sido practicadas las inspecciones previas y siempre que reúnan los requisitos de seguridad, higiene, salubridad, moralidad y similares conforme a las disposiciones legales vigentes.
El Departamento Ejecutivo podrá conceder “Habilitación provisoria” y autorizar el funcionamiento del establecimiento en aquellos casos en que por las características de las tramitaciones el tiempo para finalizar las mismas sea lo suficientemente extenso como para causar un perjuicio económico al solicitante.
Además, los contribuyentes de esta tasa deberán fijar domicilio comercial dentro del Partido de Bahía Blanca. El que no deberá ser el mismo que el domicilio fiscal determinado en la parte general de la presente ordenanza, salvo que coincidan el de la actividad comercial con la vivienda única y asiento familiar del contribuyente.
En caso de tratarse de sociedades regularmente constituidas, deberán acompañarse con una copia autenticada del contrato de sociedad inscripto en el Registro Público de Comercio.”
Finalmente, se establecen la eliminación de los artículos N°9 y 10 de la Ordenanza Impositiva N°21694.