Teniendo en cuenta que actualmente la Ordenanza 3969 del año 1984 establece la reglamentación para imponer nombres a calles o sitios públicos en la ciudad, y considerando que la misma regula la imposición de nombres a calles y sitios públicos, de personalidades o ciudadanos fallecidos, siendo imprescindible el transcurso de un lapso mínimo para permitir la aprobación pública de las distintas cualidades y desempeños de las personalidades o ciudadanos acreedores a tal distinción, la concejala Soledad Espina propone una modificación en el artículo 1º de esa normativa.
Ese artículo llevaría esta redacción: “En ningún caso se podrá designar a calles o sitios públicos del Municipio con el nombre de una personalidad o ciudadano, a quién en esa forma se desee rendir homenaje, hasta transcurrido un año desde la fecha de su fallecimiento”.