Este mediodía se hizo presente en el HCD el titular de la Agencia Urbana de Planificación y Desarrollo, Marcelo Lenzi, con el propósito de reunirse con el presidente del Cuerpo, Santiago Mandolesi Burgos, y los concejales de los distintos bloques a fin de explicar el Programa de Movilidad del Suelo Urbano Inactivo Y Desarrollo Urbanístico de la ciudad de Bahía Blanca.
La ordenanza propuesta aspira a obtener la movilidad del suelo, estableciendo el deber de edificar en los plazos establecidos en los sectores en que ello fuera necesario, estimulando los procesos de urbanización contrario a favorecer los fenómenos especulativos que se desentienden de la función social de la Propiedad Inmueble, como una respuesta eficaz a la emergencia en la disponibilidad de acceso al suelo que atraviesa el partido de Bahía Blanca.
En tanto, uno de los fundamentos de esta Ordenanza hace hincapié en el artículo 36 inciso 7 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, en cuanto prescribe que la Provincia promoverá la eliminación de los obstáculos económicos, sociales o de cualquier otra naturaleza, que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, reconociendo a tal fin el derecho social a la vivienda.
Otro de los fundamentos argumenta que la Ley de Suelos 8912/77 establece, como un objetivo fundamental del ordenamiento territorial, la implementación de mecanismos legales, administrativos y económicos financieros que doten al gobierno municipal los medios que posibiliten la eliminación de los excesos especulativos, a fin de asegurar que el proceso de ordenamiento y renovación urbana se lleve a cabo salvaguardando los intereses de la comunidad. Todo ello, se encuentra refrendado en el nuevo esquema legal estatuido por la Ley Provincial N° 14.449.
En síntesis, el presente proyecto se encuadra dentro de los criterios vinculados a su evaluación social, económica y de planificación urbana, inscripto en los parámetros de competencia en el ámbito municipal como autoridad primaria del territorio.