Miguel Ángel se presentó en las oficinas de la O.M.I.C., ya que en el resumen de su tarjeta de crédito apareció una compra de unos pasajes aéreos que nunca realizó por un valor de casi 4 mil pesos.
El problema se agravó debido a que el consumidor no estaba recibiendo con normalidad los resúmenes de cuenta, y a causa de un problema de salud, tampoco podía acercarse al banco a solicitarlos. Además, desconocía como sacarlos por Internet.
Sin embargo, Miguel Ángel sabía que le restaban abonar 5 o 6 cuotas iguales a las que había pagado la última vez que recibió el resumen de la tarjeta.
Al haber hecho supuestamente la compra de los mencionados pasajes, el importe de la tarjeta cambió. Miguel Ángel desconocía lo sucedido y continuó abonando el mismo monto, pero la cuota no alcanzó a cubrir el total y solo se cancelaba el mínimo. Ésta fue la razón por la que posteriormente recibió un llamado desde el banco, alertándole que hacía dos meses no llegaba a cubrir el total de la tarjeta.
Miguel Ángel se dirigió al banco, y allí se enteró de la compra de los pasajes efectuada supuestamente dos meses atrás. Compra que él jamás realizó.
Luego de dos audiencias de conciliación a cargo de la Dra. Scoppa y después de haber solicitado varios informes a las firmas vinculadas, se logró que la tarjeta de crédito le reintegre el total del monto, que en su momento ascendía a $3.943,32.
Consultadas sobre éste caso, la Directora de la O.M.I.C., María Mercedes Patiño, y la Dra. Scoppa brindaron 5 tips para tener en cuenta a la hora de utilizar la tarjeta de crédito:
1- Si en el resumen de la tarjeta aparecen gastos no efectuados, el reclamo en la tarjeta emisora es la primera instancia. Esto se debe realizar dentro de los 30 (treinta) días, y la tarjeta debe responder en ese mismo lapso de tiempo. ¿Qué ocurre si no se está de acuerdo con la respuesta del banco o tarjeta? Hay que rechazarla durante los próximos 7 (siete) días.
2- Si hay gastos incluidos con los que no se está de acuerdo, se pueden rechazar, incluso si se pagó todo el resumen de cuenta que llegó ese mes. Una vez más, hay que hacerlo con una queja antes de que pasen 30 (treinta) días de la fecha en la que se recibió el resumen en el domicilio o al mail, de acuerdo a la Ley de Tarjeta de Crédito. Mientras tanto, la tarjeta se puede seguir usando con normalidad.
3- Si uno se atrasa con el pago de la tarjeta de crédito: la entidad no puede cobrarle una multa. Eso sí, puede cobrar intereses. Se debe tener en cuenta la fecha explicitada en “vencimiento actual”.
Si el resumen de cuenta vence y no se efectuó ningún pago -ni siquiera el pago mínimo- es importante saber que el cliente entra en mora. Desde esa fecha entran a correr dos tipos de intereses: compensatorios y punitorios.
4- Y el pago mínimo es… lo que permite de base que uno esté al día con la tarjeta. Cuando el resumen llega, se puede pagar todo lo que se adeuda en ese período o el famoso “pago mínimo”. Hay una clave a tener en cuenta en este caso: si el total es $100 y el pago mínimo es $10, la entidad o la empresa emisora cobrará intereses compensatorios por los $90 restantes, porque está financiado los gastos para que el usuario no lo pague hoy, sino en otro momento. La tasa de interés está expresa al final del resumen.
5- Si uno pierde o le roban la tarjeta de crédito, hay que avisar de forma inmediata por teléfono. Por Ley, las empresas tienen un sistema telefónico que reciben éstas denuncias las 24 horas. Un dato clave: la compañía debe dar un número de denuncia.
¡Anotalo! Luego, las tarjetas tienen la obligación de informar a los comercios que esa tarjeta fue cancelada, tanto por robo o pérdida.