Estableciendo en el Partido de Bahía Blanca como requisito para la habilitación y funcionamiento de locales y/o ámbitos con afluencia masiva de público, contar como mínimo con un Desfibrilador Externo Semi Automático (DESA), la concejala Elisa Quartucci presentó un proyecto de ordenanza.
Se establece que la autoridad de aplicación disponga los criterios destinados a definir los lugares específicos que deberán contar con desfibriladores, considerando para ello todas las variables (técnicas y estadísticas) que contribuyan a brindar una cobertura ponderada y completa del servicio.
El DESA deberá ser mantenido en condiciones aptas de funcionamiento y convenientemente exhibido de acuerdo a las normas vigentes de seguridad e higiene.
La Autoridad de Aplicación, por vía reglamentaria, establecerá el porcentaje de los empleados de cada local que deberán estar entrenados para garantizar un manejo razonable del equipo, como así también de las acciones que permitan verificar su buen funcionamiento.
Aquellos locales o espacios de afluencia masiva de público que se encuentren alcanzados por la presente dispondrán de un plazo de 120 (ciento veinte) días para su adecuación.